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Procedimiento de solicitud de usos deportivos en I.D.M. de gestión directa por la Delegación de Deportes y condiciones para su autorización

Las Instalaciones Deportivas Municipales (I.D.M.) son bienes de dominio público afectos al servicio público de fomento y desarrollo de la práctica del deporte y la actividad física, correspondiendo la gestión de las mismas a la Delegación de Deportes y cuyo uso prioritario, en cualquier momento, corresponde a las actividades y usos programados por dicha Delegación (escuelas deportivas, actividades de promoción del deporte y salud,…).

Bajo esa premisa, la Delegación de Deportes a fin de optimizar el uso de los recursos públicos y colaborar con el tejido asociativo deportivo local, facilita el uso de los mismos por parte de clubes de nuestra ciudad, garantizando paralelamente mediante otros procedimientos el uso de las I.D.M. por cualquier ciudadano/a de Dos Hermanas a título independiente para así realizar una promoción integral del deporte y la actividad física en la ciudad.

Los requisitos a cumplir por parte de los clubes y por tal motivo, optar a dicha cesión de espacios serán los siguientes:

  • Ser entidades deportivas sin ánimo de lucro.
  • Figurar inscritos en el Registro Andaluz de Entidades Deportivas.
  • Figurar inscritos de forma actualizada en el Registro Municipal de Asociaciones de Dos Hermanas con un año de antigüedad.
  • Tener actividad deportiva federada en la modalidad para la que solicita usos.
  • Poseer sede social en la ciudad de Dos Hermanas. Además, en caso de que la actividad deportiva federada se organice competitivamente mediante la modalidad de encuentros o partidos,  disputar estos como locales en nuestra ciudad.
  • Cumplir las condiciones de autorización de usos deportivos así como el cumplimiento de los horarios asignados y las fechas de comunicación de partidos e incidencias.
  • Cumplir del Programa “Dos Hermanas, Juega Limpio”, de promoción de valores positivos del deporte y respeto a los derechos y dignidad de las personas.
  • El club concesionario debe estar libre de cargas con este ayuntamiento, debiendo estar abonadas todas las cantidades económicas adeudadas por el uso de dichos espacios en la temporada anterior, o en su defecto presentar el corresondiente acuerdo de fraccionamiento del pago.
  • Las personas que hagan uso del espacio cedido deben estar vinculadas a la entidad solicitante mediante relación contractual, estatutaria o licencia federativa, estar cubiertas mediante póliza de responsabilidad civil de la entidad solicitante  y pertenecer al grupo de competición al que se asigna el horario en concreto.
  • En el caso de usos de temporada, el tipo de uso e instalación deportiva para la que se cursa la solicitud debe ser de la modalidad deportiva principal de la entidad. 

Tipos de reserva de instalaciones para uso Deportivo

Por su duración, existen dos tipos de usos:

  • Reserva de temporada: sólo deporte federado y exclusivamente para el desarrollo de los entrenamientos ordinarios y partidos oficiales de la temporada deportiva oficial de la modalidad deportiva solicitada.

La temporada comprenderá del 1 Septiembre al 15 de Junio de la temporada deportiva correspondiente. Excepcionalmente los usos se podrán adelantar sobre el calendario concedido, comenzando dicho uso desde el 15 de Agosto y siempre bajo petición expresa del club.

  • Reservas Eventuales y Otros usos: usos deportivos puntuales o para un corto espacio de tiempo, correspondiente a usos no autorizados conforme al punto anterior (partidos no incluidos en el calendario federativo oficial, usos complementarios, etc.).

2. Cronograma y fases del procedimiento autorización de usos deportivos de temporada.

CRONOGRAMA PROCEDIMIENTO

DOCUMENTACIÓN APORTADA CLUBFECHA LIMITEDOCUMENTO
SOLICITUD SEGÚN NORMATIVA22 DE JUNIOANEXO 1
INFORME DE ASIGNACIÓN PROVISIONAL DE ESPACIOS POR PARTE DE LA DELEGACIÓN DE DEPORTES28 JUNIO 
ENTREGA DOCUMENTACIÓN DETALLADA EN EL ANEXO II 17-23 AGOSTOANEXO 2
AUTORIZACIÓN PROVISIONAL, ENTREGA Y FIRMA DE DOCUMENTACIÓN17-23 DE AGOSTO 
COMIENZO DE ACTIVIDAD FEDERADA1 DE SEPTIEMBRE 
ENTREGA DOCUMENTACIÓN Y CONFIRMACIÓN DE INSCRIPCIÓN  FEDERADA OFICIAL ANEXO III15 DE SEPTIEMBREANEXO 3 Documentación federativa
AUTORIZACIÓN DEFINITIVA1 DE OCTUBRE 

A) ENTREGA DE SOLICITUD: Presentación de la documentación debidamente cumplimentada a través del Registro de la Delegación de Deportes o telemáticamente a través del registro electrónico del Ayuntamiento de Dos Hermanas (www.doshermanas.es).

IMPORTANTE: La mera solicitud no supone la autorización de los usos, que queda condicionada al cumplimiento de los requisitos, disponibilidad de los espacios y resolución de la autorización de usos.

A.1) Plazo de entrega:  Usos de temporada: hasta el 22 de Junio (anexo I).

A.2) Plazo de entrega: Otros usos: A través de una instancia general que deberá cursarse con al menos 10 días hábiles de antelación a la actividad solicitada y siempre sujeta a disponibilidad.

  • INFORME DE ASIGNACIÓN DE INSTALACIONES: En esta fase el club adjudicatario deberá antes del 28 de Junio.

*Los clubes deberán presentar resguardo del seguro de responsabilidad civil por la utilización de dicha instalación según normativa vigente, en la que además se explicite la responsabilidad locativa por el uso de la instalación (posibles desperfectos producidos en las instalaciones por una mala praxis).

*Declaración responsable en la que la junta directiva de la entidad concesionaria se comprometa al cumplimiento íntegro del reglamento vigente de las I.D.M. así como el cumplimiento íntegro de los valores del juego limpio que esta delegación tiene incorporado a sus valores como institución.

*El uso de instalaciones auxiliares o complementarias requieren autorización expresa, al igual que los usos de naturaleza distinta a los regulados en este procedimiento.

  • AUTORIZACIÓN PROVISIONAL DE USOS: 
  • El club deberá firmar el documento de autorización de uso del espacio deportivo. En este documento, el departamento de administración informará de la cuantificación de la reserva solicitada, así como del tipo de bonificación que le corresponda, según criterios establecidos en las tasas públicas vigentes, así mismo se le entregará la normativa vigente de usos de instalaciones deportivas para su firma.
  • Esta autorización tiene únicamente carácter provisional y se articula con la finalidad de facilitar a los clubes el desarrollo de la actividad deportiva antes de la autorización definitiva vinculada siempre al número de equipos inscritos federados en competición con el club, pudiendo variar por tal concepto con la definitiva en el caso de inscribir menos equipos en competición.
  • La autorización provisional de usos no da derecho a la consolidación de la misma para la autorización definitiva.

C) PRESENTACIÓN DOCUMENTACIÓN FEDERATIVA NECESARIA (FECHA LÍMITE 15 DE SEPTIEMBRE) Documentación necesaria: (anexo 3).

  • Certificados federativos de inscripción de equipos/grupos.
    • Calendarios federativos de competición.
    • Relación nominal de deportistas y técnicos por uso (con número de licencia federativa).
    • La Delegación de Deportes podrá requerir en cualquier momento otra documentación relacionada con los usos solicitados o autorizados a fin de mejorar la gestión y coordinación de los usos de las I.D.M. o determinar o esclarecer cualquier incidencia que pudiera generarse.
  • AUTORIZACIÓN DEFINITIVA DE USOS DE TEMPORADA: condicionada en todo caso al cumplimiento de las circunstancias objetivas que la motivaron y a las actividades y usos programados por la Delegación de Deportes.
  • SEGUIMIENTO DE USOS: se realizarán revisiones periódicas a fin ajustar los usos autorizados conforme tanto a las bajas en competiciones de los equipos/grupos de competición como al grado de cumplimiento por parte de la entidad de las condiciones de la autorización.  
  • Normativa específica y condiciones generales
    • La competencia para la asignación de los usos y aprovechamientos corresponde a la Delegación de Deportes, teniendo en cuenta para la misma razones de interés social y local, así como criterios técnicos de gestión, deportivos, sociales, educativos, sociales, de fomento de valores, etcétera.
    • En la asignación de los usos y aprovechamiento de los usos autorizados tiene prioridad, en todo momento, las actividades promovidas, organizadas o programadas tanto por la Delegación de Deportes como por el Excmo. Ayuntamiento de Dos Hermanas.
    • Además de los usos propios, en la asignación de usos de temporada, la Delegación de Deportes garantizará una oferta general de usos para personas no adscritas a entidades deportivas mediante los sistemas y procedimientos establecidos en cada momento, para garantizar así el acceso de cualquier ciudadano/a.
    • El permiso o autorización de usos es intransferible a terceros o personas distintas de las autorizadas. Queda prohibida la cesión o permuta de usos, espacios u horarios, incluso entre los propios grupos de competición de la misma entidad autorizada, sin autorización expresa de la Delegación de Deportes.
  • La descalificación o retirada de un equipo del club concesionario del uso de la instalación, supondrá la anulación de la reserva de forma parcial correspondiente al citado equipo del club concesionario, no pudiendo ser receptores de espacios deportivos durante la siguiente temporada.
  • Cualquier entidad, club o equipo filiado al club receptor del uso de la instalación no podrá hacer uso de dichos espacios para entrenamientos o partidos, siendo esta cesión de espacios exclusiva de uso para el club solicitante y autorizado expresamente por la Delegación de Deportes.
  • La petición de espacios deportivos para modalidades deportivas de carácter individual deberán ir acompañadas del listado de deportistas de carácter federado que compongan dicho club, no pudiendo hacer uso de estos espacios al amparo de la autorización realizada a la entidad otros deportistas de carácter no federado, que se regirán por el sistema general de acceso del resto de la ciudadanía. 
  • Queda prohibido el uso lucrativo o distinto del expresamente autorizado.
  • La autorización de usos queda limitada por las condiciones de la propia autorización y los elementos objetivos que la motivaron, así como por el cumplimiento en todo momento de los requisitos y obligaciones por parte de las entidades solicitantes, la propia disponibilidad de las instalaciones y la normativa de aplicación.
  • Los usos de instalaciones auxiliares o complementarias requieren solicitud escrita y autorización expresa de la Delegación de Deportes, al igual que los usos de naturaleza distinta a los autorizados, debiéndose cumplir en estos usos con las condiciones de la autorización en todo momento y garantizando tanto la no interferencia de estos con el funcionamiento ordinario de las instalaciones como el cumplimiento de la normativa de aplicación, pudiendo revocarse en estos casos dichas autorizaciones.
  • No se permite el uso deportivo por parte de deportistas sin presencia del técnico responsable, ni por cualquier persona no comunicada previamente por la entidad y autorizada expresamente por la Delegación de Deportes.
  • La entidad deberá aportar certificados federativos de inscripción de los equipos/conjuntos, así como el resto de la documentación que le pueda ser requerida en el ámbito de los usos solicitados a fin de poder verificar los mismos o facilitar la optimización de los usos.
  • Una vez autorizado el uso provisional, la entidad deberá aportar relación nominal de deportistas y técnicos/as federados/as usuarios/as con indicación de número de licencia federativa.
  • Los usos provisionales no tienen carácter de asignación definitiva, por tanto pueden no resultar coincidentes con los mismos. La finalidad de los usos provisionales es facilitar el inicio de la práctica deportiva (pretemporada) antes del inicio de la misma y la configuración definitiva y formal de los equipos/grupos de competición.
  • En cada sesión de uso deportivo autorizado deberá participar desde el comienzo de la misma al menos el 70% de los deportistas del equipo o grupo autorizados por la Delegación de Deportes sin que en ningún caso dicho número sea inferior al mínimo de deportistas requeridos en la competición federativa para el desarrollo de la misma.
  • La entidad deportiva cumplirá con los horarios de uso, dejando libre la superficie de juego y resto de instalaciones con la antelación que le sea indicada por parte de la Delegación de Deportes y siempre dentro del horario establecido.
  • La comunicación de la celebración de partidos oficiales correspondientes a la competición federada deberá producirse por los cauces ordinarios indicados por la Delegación de Deportes una vez concedido el uso deportivo recurrente o de temporada con los siguientes plazos:
    • Antes de las 12:00 horas de los viernes en caso de que el partido pretenda celebrarse en el fin de semana siguiente.
    • Con 48 horas hábiles de antelación en caso de partidos a celebrar entre semana.

No obstante, los plazos referidos podrán ser modificados por parte de la Delegación de Deportes (previa comunicación a las entidades usuarias) con el fin de facilitar la gestión y coordinación de los usos.

  1. La celebración de otros partidos o usos deportivos diferentes a los autorizados, quedan fuera de la autorización de usos recurrentes y requiere solicitud previa con antelación de 10 días hábiles mediante los cauces establecidos así como autorización expresa de la Delegación de Deportes.
  2. La entidad se compromete a realizar un uso adecuado de la instalación y a depositar los residuos que la actividad pudiera originar en los elementos habilitados para tal fin.
  3. La entidad se compromete a mantener una comunicación fluida y eficaz con la Delegación de Deportes, utilizando los cauces y procedimientos fijados por esta, en relación con los usos autorizados, colaborando proactivamente en la gestión de las I.D.M.
  4. La Delegación de Deportes podrá modificar los procedimientos y cauces de comunicación, así como las condiciones de uso, previa comunicación a las entidades usuarias, a fin de garantizar la mejor gestión de las I.D.M.
  5. La Delegación de Deportes podrá realizar revisiones periódicas de las autorizaciones y requerir documentación a las entidades referente a las mismas y en virtud de ello modificar los usos previamente autorizados (por baja de equipo o grupos de competición, por reducción de grupos, etc.).

5. Obligaciones

  • Cumplir la normativa de aplicación, así con la normativa específica y condiciones generales.
  • Tener póliza de responsabilidad civil en vigor que cubra los daños sobre las personas y las cosas que la actividad del solicitante pudiera causar.
  • Las personas de la entidad que hagan uso de las I.D.M. que estén en contacto con menores deberán estar en posesión de Certificado Negativo en el Registro Central de Delincuentes Sexuales.
  • Comunicar de manera efectiva, con 48 horas hábiles y a través de los cauces prefijados, las incidencias que puedan afectar a los usos autorizados. En caso de que la incidencia afectara a la ocupación efectiva del uso y no fuera comunicada conforme a lo expresado anteriormente, la demora podrá generar la liquidación a la entidad del coste fijado por tasa correspondiente al alquiler no ofertado por la Delegación de Deportes.
  • Comunicar la celebración de los encuentros de la competición oficial mediante correo a [email protected] junto con la documentación correspondiente (listados de jugadores,…) antes de las 12:00 horas del viernes y, en caso de partido entre semana, con 48 horas hábiles de antelación. Los horarios definitivos de juego serán fijos y vendrán indicados en el modelo entregado. En orden a garantizar la correcta organización de los servicios, la eficacia en la gestión pública  y evitar perjuicios innecesarios a terceros (otras entidades usuarias, otra población usuaria, personal de instalaciones, …), el incumplimiento

en más de dos ocasiones del plazo de comunicación de celebración de encuentro en el periodo antes expresado por parte de la entidad autorizada supondrá la asignación directa de los mismos para el resto de la temporada regular por parte de la Delegación de Deportes.

  • El club solicitante debe estar libre de cargas con este ayuntamiento, debiendo estar abonadas todas las cantidades económicas adeudadas por el uso de dichos espacios en la temporada anterior, o en su defecto presentar el correspondiente acuerdo de fraccionamiento del pago. Este requisito habrá de cumplirse desde el momento de la solicitud a toda la duración de la autorización.
  • Dotarse de un protocolo para la prevención, detección y actuación frente a la violencia a menoresen el ámbito de su actividad. En este sentido:

o La Delegación de Deportes dispone de su propio protocolo de prevención, detección y actuación frente a la violencia a menores, en aplicación de la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia. Las entidades deportivas podrán adherirse al mismo y en todo caso habrán de respetarlo (poner en la solicitud de espacios que se compromete al cumplimiento, observancia y colaboración en la aplicación de nuestro protocolo identificando con nombre, apellidos y cargo a la persona de la entidad a la que designan como Delegado/a de Protección de los menores del club). o Poner en conocimiento de sus socios y deportistas menores, así como de sus tutores legales, la existencia del mismo y facilitarles el acceso a este. o Remitir copia del protocolo propio del club, firmado por el representante legal de la entidad, a la Delegación de Deportes.

6.- Motivos de anulación de reservas.

La Delegación de Deportes se reserva el derecho de modificar, suspender o anular la autorización por incumplimiento de la normativa de uso y funcionamiento de las instalaciones, por comportamiento de la entidad y sus deportistas contrarios a los valores positivos del deporte, por causar desperfectos en las instalaciones o daños a terceros, por no estar al corriente en el pago de las tasas y precios municipales, por incumplimiento de las condiciones de autorización de usos, etcétera. Igualmente podrá liquidar el importe de la ocupación conforme a la tarifa general establecida en las tasas y precios municipales vigentes en caso de aprovechamiento no eficaz del uso deportivo (fijado en el punto 6.9 de las presentes), falta de cumplimiento de horarios y días de uso o no comunicar con 48 horas hábiles de antelación la no utilización del uso autorizado.

SERÁN MOTIVOS GRAVES QUE CAUSARÁN SUSPENSIÓN DE LA RESERVA

  1. La no presentación y anulación de la reserva por parte del club autorizado durante 3 veces a lo largo de la temporada sin justificación. 
  2. El mal uso de la instalación, la falta de respeto al personal, o el incumplimiento total o parcial de las normas de utilización de las instalaciones.
  3. La cesión de usos a terceros no autorizados por la Delegación de Deportes de manera expresa, incluido el uso parcial por otros deportistas no pertenecientes al grupo federado de competición para el que se cede el espacio en un horario concreto.
  4. El incumplimiento o falta de observancia o colaboración en la aplicación del Protocolo de Prevención, Detección y Actuación frente a la Violencia a Menores de la Delegación de Deportes.

7. Criterios de valoración

Siendo prioritarias en todo caso las actividades organizadas o programadas por la Delegación de Deportes (escuelas deportivas municipales, etcétera), para la asignación de los espacios disponibles la Delegación de Deportes a entidades deportivas federadas aplicará criterios técnicos, deportivos y sociales.

Se tendrán en cuenta, entre otros, los siguientes:

Grado de consolidación de la entidad deportiva y de sus equipos o grupos de competición, la oficialidad, nivel y ámbito competitivo de los equipos, la participación deportiva federada en ámbitos sub-representados, el cumplimiento de la normativa de aplicación a la instalaciones deportivas municipales, el grado de colaboración en las actividades programadas por la Delegación de Deportes así como en el mantenimiento instalaciones y uso de las mismas, el grado de cumplimiento de autorizaciones de la anterior cesión de usos, el grado de cumplimiento de los valores promovidos por el Programa “Dos Hermanas, Juega Limpio”, trayectoria deportiva y social, oferta deportiva en nuestra ciudad en la modalidad y categoría de edad del uso solicitado, número de deportistas del club federados empadronados en nuestra localidad.

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