Siguiendo nuestra línea continua de información y coordinación con el tejido deportivo local a fin de garantizar un práctica deportiva segura en el contexto actual de pandemia, informamos que la Orden de 13 de agosto de 2020 de la Conseiería de Salud Familias de la Junta de Andalucía (publicada en el BOJA extraordinario no 50 del mismo día), establece que:
- La realización de práctica deportiva en la que no pueda garantizarse la distancia mínima de seguridad por parte de deportistas profesionales, de alto nivel o alto rendimiento, federados o de apoyo a los deportistas con discapacidad es de carácter excepcional deberá contar con protocolo específico sobre prevención del COVID19 de la federación deportiva a la que esté afiliado, autorizado previamente por la Consejería de Educación y Deporte de la Junta de Andalucía aprobado por la Consejería de Salud y Familias.
- Subsiste, por tanto, la prohibición de práctica deportiva de deportes en los que no pueda garantizarse la distancia mínima de seguridad por parte de deportistas no federados.
- El incumplimiento de la normativa referida queda sujeto al régimen sancionador establecido en el Decreto-ley 21/2020, de 4 de agosto, que establece la responsabilidad para las personas fisicas o jurídicas que, por acción u omisión incumplan las medidas de contención del COVID-19, así como para los organizadores o promotores de actividades, tipificando sanciones desde 100 hasta 600.000 euros.
Como no puede ser de otra forma, la práctica deportiva en instalaciones deportivas radicadas en nuestro municipio debe ajustarse lo establecido en dicha norma autonómica y demás de aplicación, no autorizando la Delegación de Deportes prácticas contrarias a la misma.
Agradeciendo vuestra comprensión y colaboración, especialmente en la protección de la salud de todos/as en estos momentos de especial trascendencia social y personal, recibe nuestro apoyo y un fuerte abrazo de todas las personas que componemos esta Delegación de Deportes.
Jefe de Servicio de Deportes
Simón Candón Vega